Cuidado: un ‘like’ puede traer consecuencias legales
En nuestro ordenamiento en el artículo 1278 del Cc , dice; "Artículo que dispone los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez". -Los contratos verbales generan derechos y obligaciones y son válidos siempre y cuando la normativa no exija la existencia de un contrato por escrito. -Un contrato de compraventa, se necesita la firma de un notario. Ejemplo; Un juzgado de Vigo otorgó categoría de contrato verbal a una conversación de WhatsApp ¿Es posible, por tanto, también predeterminar el valor legal de un emoticono? ¿Puede equivaler el emoticono de un pulgar hacia arriba a la aceptación de un contrato ? ¿Servirían una cara enfadada junto con un cuchillo para probar que una frase es una amenaza? Un magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid afirma que a priori no, sino que habrá que estar muy atento al cont...